domingo, 21 de noviembre de 2010

ARMAS DE FUEGO

BREVE EXPOSICIÓN SOBRE LAS ARMAS DE FUEGO.Se entiende por arma, al instrumento, aparato ó máquina que sirve no sólo para atacar, sino también para defenderse y cubrirse, individual ó colectivamente. Arma propia es aquel elemento construido especialmente para defenderse y/o atacar, como lo son pistolas, revólveres, escopetas, cuchillos, escudos protectores, chalecos antibala, etc. Arma impropia es aquella que, circunstancialmente, es utilizada para defender y/o atacar, pero que no fueron concebidos para ese fin. Ejemplo de estas son todos los elementos que pueden ser empuñados y/o lanzados, desde palos y piedras hasta sillas e instrumentos musicales.
De estas definiciones podemos distinguir a las armas ofensivas y las defensivas, según hayan sido concebidas para atacar ó defender, respectivamente.
Un Arma de fuego es un arma termo-química-dinámica capaz de enviar un proyectil a distancia y con determinada precisión, utilizando los gases producto de la combustión de la clase de explosivos conocida como “pólvoras”. Esta definición se extiende para todo elemento diseñado para alojar un cartucho y arrojar el proyectil, pero que no necesariamente sea de fabricación industrial, incluyendo entonces a todas las armas de fabricación ilegal, comúnmente conocidas como “tumberas”. La apariencia exterior y/o tamaño de la misma no es excluyente, por lo que también cabe la definición para las armas ocultas ó disimuladas, del tipo “paraguas”, “lapicera”, etc.
A los efectos de la aplicación de las disposiciones de la Ley de Armas 20.429/73 y su Decreto Reglamentario, 395/75 vigentes en la República Argentina, es necesario establecer definiciones que permitan el manejo adecuado y correcto de los términos a utilizar en materia de armas de fuego.
El artículo 3 del Decreto nombrado aporta, entre otras, las siguientes definiciones:
1. Arma Portátil: es el arma de fuego ó de lanzamiento que puede ser normalmente transportada y empleada por un hombre sin ayuda animal, mecánica ó de otra persona.
2. Arma No Portátil: es el arma de fuego ó de lanzamiento que no puede ser normalmente transportada y empleada por un hombre sin la ayuda animal, mecánica ó de otra persona.
3. Arma de Puño ó Corta: es el arma de fuego portátil diseñada para ser empleada normalmente utilizando una sola mano, sin ser apoyada en otra parte del cuerpo.
4. Arma de Hombro ó Larga: es el arma de fuego portátil que para su empleo normal requiere estar apoyada en el hombro del tirador y el uso de ambas manos.
5. Arma de Carga Tiro A Tiro: es el arma de fuego que no teniendo almacén ó cargador, obliga al tirador a repetir manualmente la acción completa de carga del arma en cada disparo.
6. Arma de Repetición: es el arma de fuego en la que el ciclo de carga y descarga de la recámara se efectúa mecánicamente por acción del tirador, estando acumulados los proyectiles en un almacén cargador.
7. Arma Semiautomática: es el arma de fuego en la que es necesario oprimir el disparador para cada disparo y en la que el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador.
8. Arma Automática: es el arma de fuego en la que manteniendo oprimido el disparador, se produce más de un disparo en forma continua.
9. Fusil: es el arma de hombro, de cañón estriado que posee una recámara formando parte alineada permanentemente con el ánima del cañón. Los fusiles pueden ser de carga tiro a tiro, de repetición, semiautomáticos y automáticos (pueden presentar estas dos últimas características combinadas, para uso opcional mediante un dispositivo selector de fuego).

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